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Controversia y derecho de las audiencias

Columna: Non serviam/

Leopoldo Emmanuel Benítez Arias/

Tal vez no todos hayamos escuchado las noticias sobre este asunto, se comprende debido al torbellino que el Presidente de EUA, Donald J. Trump, ha desatado en las primeras semanas de su mandato; o si las escuchamos puede que no les prestáramos la atención que merecen en realidad. El mundo se convulsiona y es preciso atender las noticias internacionales, pero no hay que descuidar lo que sucede en nuestro ámbito nacional.

Me refiero a los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias. En el Comunicado 140/2016 del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicado el 2 de diciembre de 2016, se emiten estos lineamientos que buscan salvaguardar el derecho de las audiencias y procurar que se cumplan a cabalidad y garantizar los derechos a la información, expresión y recepción de contenidos.

En días anteriores, puntualmente el martes 31 de enero, medios de difusión y expertos en el tema expresaron sus opiniones sobre los lineamientos, unos con sus reservas y otros a favor. Sin embargo, lo que llamó evidentemente la atención fue la decisión del Poder Ejecutivo de interponer una Controversia Institucional ante la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) contra los lineamientos del IFT.

Bajo el argumento de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no le otorga la facultad al IFT de regular el Derecho de las Audiencias pues la única figura en la nación que puede hacerlo, con un debido proceso, es el Poder Ejecutivo, o sea, el Presidente Enrique Peña Nieto. El objetivo es invalidar en su totalidad los lineamientos.

Los argumentos a favor giran en torno a que los lineamientos del IFT pueden frenar los abusos que los concesionarios de radio y televisión han realizado en cuestión de promoción y publicidad de marcas; los argumentos en contra acusan que estos lineamientos pueden degenerar en actos de censura, ya que buscan una diferenciación tajante entre información y opinión noticiosa, por lo que algunos han tachado de inoperante esta medida. Estos dos puntos son los que han generado los debates más acalorados y pertenecen al Capítulo II que versa sobre Derecho de las Audiencias.

Algunas voces se preguntan por qué no hubo un debate así mucho antes y por qué el Presidente no frenó con tiempo la elaboración de estos lineamientos. Según el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, por ley se tuvo que esperar el primer acto de aplicación para impugnar las normas.

Invalidados o no, los lineamientos por sí mismos generan disputas en la labor periodística, de los comunicadores y de los líderes de opinión que tienen un espacio en radio, televisión o plataformas audiovisuales en línea ya que conducen a replantearse los métodos en que el flujo de información y de opiniones es emitido; y en cuanto a las audiencias se pone sobre la mesa su capacidad de poder identificar entre una opinión a juicio del que la emite e información como tal.

Este es un tema importante, que desafortunadamente se ve opacado por eventos igual de trascendentales. Creo que deberían existir más espacios para que voces esclarecedoras puedan brindar ideas que nos permitan un mejor entendimiento de estos acontecimientos, que de forma inevitable nos incumben como ciudadanos que procuran mantenerse informados

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