Notas

Gratis estacionamientos de Chedraui Carrizal y Fun City, por transas: Profeco

Redacción/

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), delegación Tabasco, suspendió la actividad comercial de los estacionamientos de las plazas comerciales Chedraui Carrizal y Fun City debido a violaciones a la Ley Federal del Consumidor, y con ello la entrada y salida será gratuita en tanto se concluye esta suspensión.

Los sellos de suspensión fueron colocados el jueves pasado y se mantendrán así por el tiempo que sea necesario. Cabe señalar que previamente a la colocación de estos sellos había trascendido el manifiesto malestar entre los usuarios de este estacionamiento por la falta de claridad en el cobro por estacionarse.

Se detectaron las siguientes irregularidades:

ESTACIONAMIENTO CHEDRAUI CARRIZAL

  1. Exhiben publicidad engañosa al informar en los accesos al estacionamiento que con boleto sellado se condonan 2 horas de servicio. (En caja únicamente manifiestan que será con la empresa Chedraui)

 

  1. No expiden comprobante de pago por el servicio de estacionamiento en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

FUN CITY – PROMOTORA TABASCO S.A. DE C.V.

Se detectan las siguientes irregularidades:

  1. No expiden comprobante de pago por el servicio de estacionamiento en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
  2. En caso de robo total del vehículo, condicionan el pago del deducible al consumidor sin exhibir la cantidad o porcentaje a la que asciende.
  3. Condicionan el pago de servicio de estacionamiento a moneda fraccionaria.

 

Los establecimientos prestadores del servicio de estacionamiento, de conformidad con la competencia y atribuciones de la Procuraduría, deben cumplir con los siguientes elementos.

 

ACCIONES DE VERIFICACIÓN PROFECO en materia de comportamiento comercial:

  • Exhibición de las tarifas del servicio a la vista del público, de manera clara, veraz y sin ambigüedades.
  • Montos totales a pagar.
  • Respeto a las tarifas exhibidas.
  • Entrega de comprobantes.
  • No realicen el condicionamiento o negativa del servicio.

 

En materia metrológica:

  • El reloj registrador de tiempo se encuentre a la vista de los consumidores.
  • Los resultados de la medición del reloj registrador de tiempo, se ajusten a los establecidos en la NOM-048-SCFI-1997.
  • El reloj registrador de tiempo debe contar con el holograma correspondiente al año en que se realiza la verificación.

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